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Con fecha 4 de julio han sido publicados en el BOE los Presupuestos Generales del Estado (Ley 6/2018, de 3 de julio, de P.G.E. para el año 2.018), a través de los cuales se modifican, en su artículo 85, tanto el coeficiente a aplicar a la tarifa del Impuesto como el Potencial de Calentamiento Atmosférico (PCA) de determinados gases fluorados, por lo que se produce un cambio en el Impuesto a repercutir sobre los gases fluorados.
Dicha modificación se deberá aplicar a partir del 1 de septiembre de 2.018 y tendrá una vigencia indefinida. Hasta la fecha, se venía aplicando un coeficiente de 0,02 sobre el PCA de cada gas fluorado, hasta un máximo de 100€/kg.
Pues bien, aunque el máximo aplicable no varía, a partir del 1 de septiembre, el coeficiente a aplicar será de 0,015 sobre dicho PCA y, además, los PCA que indicaba la normativa anterior también han sufrido modificaciones.