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En los últimos años, desde las principales asociaciones de Europa se viene trasladando la inquietud sobre la propagación del fuego por fachadas. Recientemente, el Colegio de Ingenieros Industriales de Cataluña emitió un comunicado con las conclusiones de un estudio en el que han participado expertos de distintas áreas de la construcción e ingeniería, entre los que se encontraba un representante de TECNIFUEGO del área de protección pasiva.
Por su interés, trasladamos un resumen de conclusiones y propuestas del Estudio, coordinado desde la Comisión de Seguridad de Enginyers Industrials de Catalunya.
“La normativa española sobre propagación de incendios por fachada es deficiente y necesita una revisión ya que no distingue los medios de protección, según las tipologías de fachada; y la clasificación de reacción al fuego de productos y materiales es de las más permisivas”.
Propagación de incendios por fachadas
“Numerosos incendios en los últimos años evidencian que la propagación del fuego por fachada ha cobrado importancia y que el riesgo de incendio se ha incrementado a raíz de la evolución de los sistemas, materiales y productos de fachada.
El incendio en la Torre Grenfell y sus consecuencias, ha llevado a países como Reino Unido —tradicionalmente rigurosos en materia de seguridad— a plantearse una revisión de varios aspectos de su marco regulador.
El marco regulador en España
El marco regulador en España necesita de revisión porque presenta deficiencias que deben ser corregidas actuando del lado de la seguridad de los usuarios, ya que, aunque en caso de incendio, siempre hay riesgo para la vida; este riesgo aumenta en determinadas circunstancias como son la altura y el uso de determinados sistemas, materiales y productos de fachada.
Actualmente, existe un amplio consenso de la necesidad de definir un escenario único de ensayo a gran escala para todos los países de la UE que permita evaluar los productos y sistemas, que así lo requieran, bajo condiciones de uso final equivalentes a una situación típica de propagación por fachada. En otros casos, se pueden establecer limitaciones de diseño, requisitos de protección contra incendio (principalmente pasiva), sin perder de vista la propagación como criterio de evaluación complementario a la resistencia y la reacción al fuego.
A pesar de la dificultad que entraña hacer una comparativa de las normativas de edificación en materia de seguridad contra incendios de los países europeos, en términos relativos se puede afirmar que la normativa de España está bastante lejos de alcanzar el mismo nivel de detalle y especificaciones en materia de seguridad contra incendios en la edificación que la de otros países.
Propuestas
Se considera importante actuar en dos frentes diferentes:
1. Fortalecimiento de la cultura de la seguridad. Entendiendo este concepto como la percepción colectiva del riesgo y la prevención. En algunos países como EE. UU. y Reino Unido, forma parte de sus prioridades a nivel educativo y cultural. En España, sigue siendo un tema poco relevante.
2. Propuesta de modificaciones del marco normativo
Los requisitos para fachadas en el CTE deberían adaptarse a las diferentes tipologías de edificios, atendiendo especialmente a su altura y la dificultad que presente tanto su evacuación como el acceso de los equipos de bomberos.
Para edificios de gran altura (EGA) o de difícil acceso para bomberos, donde puede quedar comprometida su intervención y poner en peligro la evacuación de los ocupantes, se debería garantizar una propagación lenta y limitada del fuego y los humos tóxicos que genera. Para este fin se propone:
a. Limitar la utilización de materiales y productos a aquellos no combustibles, como máximo, A2-s1, d0, con el objetivo de reducir al mínimo la emisión de humos y la propagación por caída de gotas.
b. Equipar las cavidades de aire de las fachadas ventiladas con barreras cortafuegos verticales y horizontales, con el objetivo de limitar la propagación por efecto chimenea que se produce en su interior. Para edificios no considerados EGA y de fácil acceso para bomberos, los requerimientos pueden ser menos estrictos. Se propone lo siguiente:
a. Limitar la utilización de materiales y productos a aquellos con una combustibilidad baja y contribución al fuego limitada, como máximo, B-s2, d0, con el objetivo de reducir la emisión de humos y evitar la caída de gotas.
b. En aquellas fachadas que soportan vías de evacuación, limitar la utilización de materiales y productos a aquellos no combustibles, como máximo, A2-s1, d0.
c. Equipar las cavidades de aire de las fachadas ventiladas con barreras cortafuegos verticales y horizontales, con el objetivo de limitar la propagación por efecto chimenea que se produce en su interior.
Incluir en la regulación, casos especiales especialmente destacados en la propagación de incendios por el exterior, como es el caso de los patios de luces y patios interiores de manzana. Tratar estos como fachada y dada la dificultad de acceso a estos espacios de los equipos de bomberos, limitar la utilización de materiales y productos a aquellos no combustibles, como máximo, A2-s1, d0.
En cuanto a los ensayos de certificación, es evidente que existe preocupación a nivel europeo por definir el ensayo a gran escala armonizado. A nivel nacional, será muy importante trabajar en el ajuste de estas pruebas en los reglamentos locales vigentes. Estos ensayos a gran escala permitirán clasificar de forma correcta los materiales en cuanto su contribución al fuego: reacción, resistencia y propagación. Se hace necesario en algunos casos los ensayos a escala real.
En relación con la toxicidad, teniendo en cuenta su relevancia en el elevado porcentaje de víctimas de incendios, la normativa debería aplicar diferentes criterios según los usos y características del edificio. Este aspecto es especialmente crítico en los edificios con ocupantes más vulnerables (escuelas, hospitales, residencias, etc.) y en edificios de gran altura o en edificios antiguos rehabilitados, donde la evacuación puede presentar mayores dificultades”.
Acceso al documento completo: www.eic.cat/gfe/docs/21124.PDF